sábado, 24 de marzo de 2012

MODIFICACIONES EN LA CARTA DE PORTE

Se modifican algunos aspectos en las Cartas de Porte de acuerdo a lo establecido por la RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Fed. Ingresos Públicos) 3292 , publicada en el B.O de fecha 23/03/2012 

Cuestiones:
-Se adecua la documentación vinculada con el transporte de granos, aprobando nuevos modelos de cartas de porte para el transporte automotor y ferroviario

-Respecto a la carta de porte para transporte automotor se incorpora como nuevo dato la tarifa de referencia del flete establecida por la Subsecretaría de Transporte Automotor

- Para obtener el código de trazabilidad de granos se deberá informar la distancia en kilómetros hasta el destino. 

VIGENCIA:  para todo traslado de granos que se efectúe a partir del 1/4/2012.

NOT:A: las Cartas de Porte impresas con anterioridad que no hayan sido utilizadas a dicha fecha y no se les hubiere asignado el Código de Trazabilidad de Granos (CTG), deberán ser reimpresas en virtud de los nuevos modelos, caso contrario, deberán ser anuladas

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