martes, 12 de julio de 2011

Las Mutuales podrán emitir valores de deuda a corto plazo

Autorizan a las mutuales a emitir deuda

La CNV las autorizó emitir valores de deuda de corto plazo (VCP) mediante la resolución 589/2011, la Comisión Nacional de Valores (CNV) , unos títulos de deudas con plazos de amortización de hasta 365 días que se ofrecerán exclusivamente a inversores calificados.

El organismo dispuso que las mutuales podrán inscribirse en un registro especial para emitir VCP que tendrán plazos de amortización de hasta 365 días y serán "ofrecidas exclusivamente a inversores calificados".

Para esto, las mutuales y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) deberán tener el aval de una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR) u otras modalidades de garantía previstas.

Los VCP son títulos de deuda similares a las Obligaciones Negociables que son emitidos por entidades privadas a menos de un año, se cancelan en un solo pago (al vencimiento).

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