lunes, 20 de diciembre de 2010

factura electrónica para exportadores

Preguntas frecuentes sobre Factura electrónica para exportadores



1. ¿Que son los web Services?



Es un procedimiento informático por el cual un sistema pide directamente la CAE a los servidores de la AFIP sin necesidad de utilizar el aplicativo SIAP / RECE.



2. ¿Qué comprobantes se encuentran alcanzados?



Los comprobantes que se encuentran alcanzados son:



Las Facturas de exportación clase "E".



Las notas de crédito y notas de débito por operaciones de exportación.



3. ¿Debo empadronarme para poder realizar facturas electrónicas clase E?



No es necesario el empadronamiento. Los contribuyentes inscriptos en los "Registros Especiales Aduaneros" se encuentran exceptuados de cumplir con el deber de comunicación establecido en la RG N° 2485/08.



4. ¿Debo dar de alta distintos puntos de venta para los distintos sistemas?



La solicitud de emisión de los comprobantes electrónicos originales deberá ser efectuada por cada punto de venta, que será específico y distinto a los utilizados para los documentos que se emitan a través del equipamiento electrónico denominado "ControladorFiscal" y/o de conformidad con lo dispuesto por las Resoluciones Generales 100/98,1415/03 y 2485/08.



Asimismo, los puntos de venta generados mediante los servicios denominados "Comprobantes en línea", "Facturador Plus" o "Web Services" deberán ser distintos entre sí.



El alta de los puntos de venta se realiza a través del servicio de clave fiscal "Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)", ingresando por la opción "A/B/M depuntos de venta" ; "A/B/M de puntos de venta" ;ALTA.



5. ¿Cómo realizo la vinculación de las facturas electrónicas clase "E", cuando se confeccionan antes del permiso de embarque?



Se realiza a través del SISTEMA MARIA.



6. En las facturas de exportación ¿el CAE tiene vencimiento?



De tratarse de facturas "E", el CAE no tiene vencimiento.



7. ¿Se pueden emitir notas de debito/crédito sin vincularlas a un comprobante?



Los sistemas permiten realizar las notas de debito/crédito sin vincularse a otro comprobante, o vinculándose a mas de uno. Pero si se desea efectuar algún ajuste en más o en menos sobre la operación original, debe obligatoriamente realizarse la vinculación a la factura correspondiente.





8. ¿La factura a pesar de ser electrónica la puedo seguir imprimiendo?





Si, puede seguir imprimiéndola como siempre, o generarla en formato pdf y enviarla por correo electrónico a su cliente, o ponerla a disposición en una página web en formato XML, las opciones son múltiples y flexibles.



9. ¿La AFIP obliga a unformato específico para la factura electrónica?



No, no existe un formato estándar de factura, sino un régimen especial de autorización por parte de la AFIP (CAE enlugar de CAI)



10. ¿Como diferencio dentro de mi empresa si una factura es o no electrónica?



Esto se determina al dar de alta en la AFIP un punto de venta, aquí se indica si el mismo es o no electrónico.



Fuente: AFIP

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