viernes, 8 de octubre de 2010

Base para considerar cantidad de habitantes en el Monotributo

La Ley 26565 en su artículo 10 establece que el parámetro de superficie no se aplicará en zonas urbanas, suburbanas o rurales de las ciudades o poblaciones de hasta cuarenta mil (40.000) habitantes.

En la Circular 4-10 (AFIP) se aclara que se deberán considerar para determinar la cantidad de habitantes de una localidad, los datos oficiales publicados por el INDEC, correspondientes al último censo poblacional realizado.

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