miércoles, 21 de julio de 2010

Escribanos agentes de información del API

RESOLUCIÓN GENERAL (Adm. Prov. Impuestos Santa Fe) 24/2010
Se desígnanse como agentes de información a los Escribanos Públicos, quienes deberán comunicar a elaAdministración Provincial de Impuestos, dentro de los treinta (30) días de su formalización, aquellos actos u operaciones en los que hayan intervenido o de los que hayan tomado conocimiento, que estén alcanzados por impuesto de sellos o tasas retributivas de servicios, concertados por valores inferiores a cinco veces la valuación fiscal, en los casos de inmuebles urbanos y suburbanos, y a siete veces esa valuación cuando se trate de inmuebles rurales.
Respecto a los inmuebles rurales tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010; a partir del 1 de enero de 2011 el Servicio de Catastro e Información Territorial (SCIT) determinará el valor indicativo que será utilizado por los Escribanos Públicos para cumplir como agente de información.
La información deberá ser comunicada a través de la aplicación web que se habilitará en la página de esta Administración, la cual se encuentra incorporada en la página de la Provincia de Santa Fe (www.santafe.gov.ar).
La Resolución de referencia entrará en vigencia a partir del 1 de agosto de 2010.

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