A partir del año que viene rige nuevo modo de obtención de los certificados de excención del impuesto a las Ganancias para Cooperativas, Mutuales, asociaciones civiles y fundaciones.
Luego de cuatro años de su implementación, se dispone mediante la Res. Gral. 2681/2009-AFIP (BO 05/10/2009) (click acá), un nuevo procedimiento para que las Entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias (Cooperativas, Asociaciones sin fines de lucro, Mutuales, etc) soliciten el “Certificado de exención” ante la AFIP; disponiendo, por otra parte, nuevos requisitos y condiciones para que proceda la deducción en Ganancias por parte de los Donatarios a tales entidades (bancarización, informatización, plazos, etc) a partir del 01/01/2010.
Opinión Profesional: temas tributarios, societarios,gerenciamiento, normativa legal,de interés para profesionales y estudiantes en Cs. Económicas,abogados y empresas argentinas, especialmente Pymes y empresas familiares.
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