sábado, 2 de mayo de 2009

Prescripción de los dividendos

Prescribe el derecho a el derecho a la percepción de los dividendos?
El derecho a cobrar los dividendos, cabe recordar una nacen cuna vez llevada a cabo la asamblea o reunión de socios que aprueba la distribución. Ahora bien, cuándo puede exigirlos el accionista? A partir de ese momento son exigibles por el accionista en cualquier momento.
Según el artñiculo 848 del Código de Comercio su prescripción opera a los tres años de la fecha de la asamblea que aprobó la distribución.

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