domingo, 15 de febrero de 2009

Temario del Orden del Día en Asambleas

El Orden del día fija la competencia de las Asambleas. Y le dá a los accionistas la posibilidad de decidir sobre su asistencia, y de informase sobre el tema.
El temario debe ser:
- Expreso
- Claro y preciso
- Concreto
Por ejemplo, no se pueden incluir puntos que digan:
- Temas varios.
- Temas Generales
- Modificación del Estatuto

Los puntos del Orden del día surgen de:
- Del estatuto
- De la decisión de quien convoca (optativos: solicitados por directorio, sindicatura o consejo de vigilancia, accionistas, autoridad de contralor o juez competente).
- Del Directorio

Nulidad de puntos del Orden del Día: el art. 246 de la ley 19.550 que serán nulos las decisiones tomadas en Asamblea , que no consten en el Orden del día. Hay excepciones a ello: fundamentalmente en caso de Asambleas unánimes cuando sean decisiones adoptadas por el 100% del capital social y las decisiones sean unánimes.

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