lunes, 1 de septiembre de 2008

SE LANZA LA CUENTA BÀSICA

A partir de hoy entra en vigencia la "Cuenta básica" con menores costos a las Cajas de Ahorro, incluyendo -limitadamente- operaciones, débitos directos y tarjeta de débito sin cargo (Com. A 4809/2008-BCRA ) , la que resulta más accesible y favorece la bancarización de quienes no tienen acceso a otros servicios financieros. Su característica principal es que cuesta menos que una caja de ahorros .

La cuenta básica sólo puede constituirse en pesos. Sus saldos generan un interés cuya tasa es determinada libremente entre el banco y el cliente. No pueden pactarse incentivos o estímulos adicionales a la tasa de interés. Nose puede hacer giros en descubierto.

A diferencia de las cajas de ahorros, las cuentas básicas brindan la posibilidad de realizar movimientos ilimitados sin cargo, siempre que se realicen en cajeros automáticos perteneciente al banco emisor. Además, puede realizar dos operaciones mensuales sin costo por ventanilla en la sucursal en la que se encuentre radicada la cuenta.

El cliente puede efectuar hasta tres operaciones por mes en cajeros automáticos de otros bancos pero de la misma red, y una operación en cajeros automáticos de otra red.

La cuenta básica incluye una tarjeta de débito igual a la que brinda una caja de ahorros. Con este instrumento, la cuenta básica ofrece la posibilidad de hacer compras en comercios con el beneficio del reintegro del IVA del 4,13 por ciento del monto gastado.

Los débitos por compras en comercios no tienen costo adicional, al igual que las transferencias electrónicas por e-banking y banca telefónica. Los débitos directos tampoco tienen costo alguno.

Los bancos no están obligados a emitir resúmenes periódicos con el detalle de los movimientos registrados en las cuentas básicas. Sin embargo, el sistema de cajeros automáticos de la entidad le otorgará al cliente, sin cargo, un talón en el que figuren el saldo y los últimos 10 movimientos realizados.

Si el cliente está adherido al pago de impuestos o servicios mediante débito directo, la entidad debe emitir sin cargo como mínimo un resumen cuatrimestral de los pagos efectuados, que queda a disposición del titular en la sucursal en la que se abrió la cuenta.

El ofrecimiento de la cuenta básica no puede estar condicionado a la adquisición de otros productos.

Pueden ser titulares de una cuenta básica sólo las personas físicas hábiles para contratar o para disponer libremente del producido de su trabajo lícito., no las personas jurídicas.

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