sábado, 5 de abril de 2008

LEY DE MARCAS Y DESIGNACIONES

Ley de Marcas y Designaciones No 22362.

se considera marca para distinguir productos y servicios: una o mas palabras con o sin sentido conceptual, los dibujos, emblemas, monogramas, grabados, estampados, sellos, imágenes. Las bandas, las combinaciones de letras y numeros, las letras y números por su dibujo especial, las frases publicitarias, los relieves con capacidad distintiva y todo otro signo con tal capacidad.

El plazo de vigencia es una marca por 10 años a partir de su concesión. Pudiendo ser renovada en forma indefinida por plazos de igual duración.

Es de destacar que la República Argentina ha adherido al convenio de París, por lo que estipula un plazo de 6 meses para reivindicar una marca extranjera en el país.

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